Nacionales

Destituyen e inhabilitan a ex directora del SENA

Published

activo

 

Con destitución e inhabilidad por 13 años, la Procuraduría General de la Nación sancionó a la exdirectora Administrativa y Financiera del Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA–, Piedad Jiménez Montoya.

Según la entidad, la sanción se impuso a raíz de la adjudicación, de forma irregular, de un contrato de más de medio billón de pesos para la prestación, integración e interoperatividad de servicios de tecnología en la entidad.

Se trata de una licitación pública del 2014 a la Unión Temporal SENA Digital donde, según la Procuraduría, la ex funcionaria desconoció su deber de selección objetiva al momento de adjudicar la contratación.

El ente de control señaló que encontró que Jiménez Montoya transgredió los principios de la función administrativa que hacen referencia explícita a la moralidad, imparcialidad y transparencia.

“Se esperaba que la directora Administrativa y Financiera del SENA aplicará de forma pulcra las reglas de participación establecidas en el pliego de condiciones, situación que, a juicio de la entidad, no fue atendida”,  se explica a través de un comunicado.

Destacó que la funcionaria debió adjudicar el proceso de selección alejada de criterios subjetivos, sin embargo, aceptó la recomendación de adjudicar el contrato sin tomar en consideración que en la fórmula establecida para la evaluación económica se incluyeron ofertas de proponentes rechazadas.

La Procuraduría advierte que pese a las advertencias de las irregularidades que habían sido plenamente expuestas y conocidas, este contrato este se adjudicó.  

 “La decisión fue oscura y afectó sustancialmente el principio de transparencia puesto que si bien las reglas eran claras y concretas en cuanto a los requisitos habilitantes, causales de rechazo y factores de ponderación, las razones que sustentaron la decisión final”, dijo.

A su vez subrayó que la inclusión de las ofertas económicas de los proponentes rechazados para operar una fórmula aritmética o estadística, no se ajustaron a la normatividad expresamente establecida en el pliego de condiciones.

En el fallo de primera instancia la Procuraduría calificó la falta de la funcionaria como culpa gravísima.

La exdirectora o su apoderado podrán interponer recurso de apelación contra la decisión que será resuelta en segunda instancia por la Sala Disciplinaria de la entidad.

 

Destacados

Salir de la versión móvil