Arauca

El tremendo problema para la electa Representante a la Cámara

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La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra 15 concejales de Arauca, Arauca, (2016-2019), por presunta extralimitación de funciones al haber firmado el Acuerdo Municipal No. 200.02.026 del 30 de noviembre de 2018, por medio del cual se autorizó al alcalde contratar la concesión del sistema de alumbrado público del municipio.

Se trata de los concejales César Augusto Latorre Parales, Alexi Alexander Álvarez Zambrano, Diana Zenobia Guerrero García, William Paul León Roa, Eulises Fernando Corce Peroza, Lina María Garrido Martín, Ramón Andrés Escalante Rico, Jesús Daniel Rodríguez Riveros, Emma Liliana Sánchez Martínez, Danny Rogelio Linares Caicedo, Ángel Andrés Carvajal Torres, Freddy Andrés Zocadagui Rivas, Andrés Alberto Padilla Ávila, Omar Santiago Díaz Ría y Óscar Andino Franco Buitrago.

De acuerdo con la investigación realizada por el Ministerio Público, los servidores aparentemente “no habrían dado debate alguno, por el contrario, arbitrariamente procedieron a votación de aprobación del proyecto de acuerdo, extralimitándose de esta manera en sus funciones al autorizar ampliación de plazo de un contrato de concesión que estaba en el momento de los hechos, en ejecución”, asegura el auto.

La votación unánime que se dio en la sesión plenaria del concejo municipal impidió que se revelaran en la plenaria algunas fallas contenidas en el proyecto, y permitió que este se convirtiera en un acuerdo con fuerza de ley. 

 

“Debido a que la presunta omisión de reglamentar la autorización al alcalde del Municipio de Arauca para celebrar contratos, comprometió el correcto ejercicio de sus funciones en materia contractual, y en consonancia con el principio de coordinación y economía, esta dependencia considera que los disciplinados pudieron quebrantar el principio de planeación”, explica el documento.

 

La Procuraduría Regional de Arauca profirió contra los ediles municipales un primer cargo por presunta falta disciplinaria al no reglamentar la autorización al Alcalde de esa municipalidad para contratar.

El segundo cargo está relacionado con falta disciplinaria por presunta extralimitación de funciones al haber aprobado el Acuerdo en mención.

Las faltas fueron calificadas provisionalmente como graves, a título de culpa grave, puesto los mismos actuaron con descuido en el cumplimiento de funciones al extralimitarse en sus atribuciones.

Terminada la etapa de instrucción, el expediente se remitió a la Procuraduría Delegada para el Juzgamiento Disciplinario, ante la cual los sujetos procesales podrán presentar descargos, rendir versión libre, así como aportar y/o solicitar pruebas y sus alegatos.

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