Arauca

Presidente Petro debe designar nuevo Gobernador de Arauca

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La Prensa Araucana conoció el fallo en segunda instancia de la Contraloría general de la República mediante el cual se impuso una sanción fiscal a dos exgobernadores de Arauca, dos exgerentes de la empresa de servicios públicos de Tame Caribabare, dos firmas contratistas y dos particulares.

El fallo contra el cual no proceden más recursos pues ya tuvo un fallo en primera instancia, fallo al recurso de reposición y fallo en segunda instancia, estableció una sanción por 2.228.336.298 pesos, mientras esa multa no se pague los señalados están inhabilitados para contratar con el estado al igual que para ser funcionarios públicos de cualquier índole, inicialmente por cinco años y de no pagar se prolongaría hasta por cinco años más.

El fallo definitivo se estableció el pasado 20 de enero generando una inhabilidad hasta el 19 de enero del año 2.028 para los señores, José Facundo Castillo Cisneros y Luis Eduardo Ataya Arias en calidad de Gobernadores del departamento de Arauca.

Pedro José Ángel Sarmiento y William Arturo Gutiérrez Antolinez en calidad de gerentes de la empresa de servicios públicos de Tame, Caribabare, las empresas Top suelos ingeniería LTDA y Rojas y Gómez Inversiones E.U. además de los particulares, Plutarco Daza Trujillo y Oscar Mauricio Avendaño Mejía.

De este listado de personas se ha conocido que tuvieron que dejar sus empleos en el sector público vinculados, algunos, de manera directa otros por contrato, mientras que, en el caso del gobernador electo, hoy suspendido por una medida de aseguramiento, se debe declarar la vacancia definitiva en el cargo por parte del presidente Gustavo Petro para que se nombre un nuevo gobernador que termine el periodo.

Para el caso de una falta absoluta como es este, el hoy gobernador encargado consultó al ministerio del interior el pasado 4 de noviembre y este respondió:

Para el caso de falta absoluta y, ante esa nueva situación administrativa reglada por el artículo 121 de la Ley 2200 de 2022, en consecuencia, decaería el encargo anterior, que procedió en virtud de una falta temporal, y en tal medida procedería actuar de conformidad con lo establecido en el artículo 135 de la misma Ley.

Al ser la falta absoluta, una situación administrativa diferente de la que generó el encargo inicial, procede la solicitud de una nueva terna para designar a una persona de la misma filiación política del gobernador, tal como lo establece el artículo 135 de la Ley 2200 de 2022.

En ese orden de ideas el presidente Gustavo Petro deberá solicitar al partido Cambio Radical una nueva terna para designar el gobernador encargado del departamento de Arauca hasta el 31 de diciembre del presente año, cabe destacar que justo esta semana cambiaron al Ministro del Interior y ahora está Luis Fernando Velasco quien tendrá la decisión en sus manos como en su momento la tuvo Alfonso Prada.

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