Arauca
Exgobernador de Arauca debe continuar privado de su libertad

Por segunda vez, una autoridad judicial le negó la libertad condicional al exgobernador de Arauca, Julio Enrique Acosta Bernal, quien se encuentra purgando una condena de seis años y medio de prisión por contratación irregular y peculado por apropiación, en hechos que ocurrieron mientras se desempeñaba como máxima autoridad del departamento. Esta vez, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de justicia confirmó la decisión del juez de ejecución de penas que lleva el caso de no concederle la libertad a Acosta, pese a que este ya cumplió las tres quintas partes de su condena.
Los hechos de este caso se remontan al año 2006 cuando el exfuncionario firmó un contrato con el consorcio ECO-PARK, para la construcción de la primera etapa del parque histórico y ecoturístico “Los Libertadores”, en el municipio de Tame, por más de $3.800 millones. Aunque el proyecto resultaba pintoresco para la comunidad, la investigación reveló que el contrato fue celebrado sin que existieran planos arquitectónicos, constructivos, estructurales, ni de manejo ambiental. Además, durante su ejecución se modificó el objeto del contrato y hubo incumplimientos por parte del contratista sin que el gobernador tomara medida alguna para controlar la situación.
Por el contrario, Acosta le dio el visto bueno a la suspensión del contrato, suscribió prórrogas y adicionó recursos. Estos hechos salieron a la luz y la Fiscalía emprendió un proceso judicial en contra del entonces Gobernador. El caso terminó en manos de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia que condenó al exfuncionario el pasado 8 de noviembre de 2017 como autor responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y coautor de peculado por apropiación. El exgobernador fue enviado a prisión pues la alta corte negó la suspensión condicional de la ejecución de pena y la prisión domiciliaria.
Sin embargo, cumplidas las tres quintas partes de la condena, la defensa de Acosta le pidió al Juzgado 27 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá que concediera la libertad condicional en favor de su cliente. Pero la respuesta no fue favorable. El 20 de octubre de 2020, el despacho resolvió el asunto y le negó la medida al exgobernador argumentando que, a pesar de acreditarse las tres quintas partes de la condena y de observar buena conducta en el centro de reclusión, la evaluación acerca de la gravedad del delito que cometió Acosta impidieron que se le otorgara dicho beneficio.
La defensa no estuvo de acuerdo y apeló la decisión del juzgado pues, a su consideración, el despacho solamente tuvo en cuenta la gravedad de la conducta de su defendido y no valoró las circunstancias, consideraciones y elementos, tanto favorables como desfavorables, para decidir sobre la libertad condicional. Además, dijo, “para conceder la libertad solo se debía verificar el cumplimiento de las tres quintas partes de la pena y la necesidad de continuar con el tratamiento penitenciario, de acuerdo a la conducta observada en el establecimiento carcelario”.
Por otro lado, indicó la defensa que la sentencia (condenatoria contra Acosta) no se encuentra en firme porque, el 3 de septiembre de 2020, se concedió la impugnación especial en favor de su cliente, es decir, que el recurso para que la condena impuesta contra sea revisada. En ese sentido, dijo la defensa, “por no estar en firme la sentencia, no es dable atender las razones sobre la gravedad del delito, ni tampoco puede exigirse el pago de la multa como condiciones para acceder la libertad condicional”.
Le correspondió entonces a la Sala de Casación Penal –misma que condenó a Acosta- analizar y dirimir la controversia entre el juzgado de ejecución de penas y la defensa del exgobernador. La Sala del alto tribunal analizó la situación y aprovechó el caso para dejar claro que, si bien al entrar en vigencia el acto legislativo 01 de 2018, que contempla la garantía de la doble conformidad (la posibilidad para que las sentencias condenatorias en única instancia sean revisadas), los procesos que estaban en curso ese año y adquieren su ejecutoria con la decisión que se adopte al resolverse esa garantía constitucional, no pasa lo mismo con las sentencias anteriores.
En otras palabras, las condenas emitidas después de la entrada en vigencia del acto legislativo se concretan luego de que se resuelva la doble conformidad, si es el caso, pero las condenas emitidas antes de esa fecha, son consideradas cosa juzgada y por tanto deben ejecutarse, a pesar de que esté en trámite la revisión de dicha sentencia. “Los procesos culminados y que por ende la sentencia está debidamente ejecutoriada y había hecho tránsito a cosa juzgada pero que se les extendió la garantía de la doble conformidad, como el Estado cumplió con su deber de administrar justicia, mantienen la ejecutoria y esta solo resulta afectada a partir del fallo que se profiera”, indicó la Corte.
El alto tribunal precisó que la Sala de Casación Penal profirió sentencia condenatoria en contra Julio Enrique Acosta, el 8 de noviembre de 2017, fecha para la cual no operaba la doble instancia, ni la doble conformidad judicial para aforados constitucionales, con lo cual se da el supuesto de haberse administrado justicia y, por ende el fallo, no ha perdido el carácter de cosa juzgada. En ese sentido, distinto a lo manifestado por la defensa, para la Sala sí está en firme la condena de Acosta, así esté siendo revisada actualmente.
“Contrario a la tesis de la defensa, la sentencia proferida contra Acosta Bernal se encuentra en firme al haberse proferido en única instancia antes de la entrada en vigencia de la reforma Constitucional contenida en el Acto Legislativo 01 de 2018 y no existir hasta este momento procesal decisión alguna que la haya revocado o modificado con ocasión de la impugnación especial que le fue otorgada para garantizar la doble conformidad judicial”, reiteró la Sala de Casación Penal.
Por otro lado, esa Corporación determinó que el juzgado de ejecución de penas no actuó de forma incorrecta cuando evaluó la gravedad de la conducta del exgobernador para determinar si le concedía, o no, la libertad condicional pues tal como lo indica la ley (artículo 64 de la ley 1709 de 2014), era deber del juez examinar previamente este aspecto, para luego verificar si cumplía con los demás requisitos a fin de otorgar el beneficio. En ese sentido, para la Sala fue correcta la postura del despacho que examinó la actuación del sentenciado como primera autoridad administrativa del departamento y el haber defraudado la confianza depositada por los ciudadanos.
Además, “la deliberada y consciente afectación al bien jurídico de la administración pública, tratándose de un concurso de delitos de peculado y contrato sin cumplimiento de requisitos legales; el haber favorecido intereses particulares a través de las múltiples irregularidades advertidas en el contrato que fue materia del proceso, que derivó en el apoderamiento de la suma de $864.019.838.37 y el desmedro a la imagen de la administración pública y a la credibilidad que debe existir en el conglomerado social respecto de sus gobernantes”, puntualizó la Sala de Casación Penal.
En conclusión, para la Corte no hay un balance positivo en el análisis de la conducta del exgobernador. Tanto así que, según afirma el alto tribunal, al acceder a su excarcelación “serían negativos los efectos del mensaje que recibiría la comunidad pues entendería que si personas socialmente calificadas delinquen y en la práctica no se materializa la sanción que les corresponde, también ellos podrían vulnerar la ley penal con la esperanza de que la represión será insignificante, más tratándose de delitos que lesionan hondamente la moralidad pública”. En ese sentido, la Sala confirmó la decisión del juzgado de negar la libertad condicional de Julio Enrique Acosta Bernal.
Otros líos judiciales de Acosta
Esta no es el único proceso que ha enlodado el nombre del exgobernador de Arauca. El 5 de noviembre de 2013, Acosta fue condenado a 28 años de prisión por el homicidio del exregistrador Juan Alejandro Plazas Lomónaco y por recibir dinero de las autodefensas para financiar su campaña electoral en 2003. Sin embargo, en abril de 2013, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia tumbaron la condena argumentando que los jueces que emitieron el fallo no eran los competentes para conocer el proceso, teniendo en cuenta que se trataba de un aforado, por tanto, el juicio debía reiniciar.
El expediente llegó a manos de la Fiscalía Séptima delegada ante la Corte Suprema de Justicia, que emitió resolución de acusación contra el exgobernador de Arauca. El juicio estaba previsto para iniciar en la Corte en el año 2017, pero justo en julio de ese año el alto tribunal ordenó la libertad de Acosta, quien llevaba más de seis años detenido, por vencimiento de términos. La “limitación de la duración de la detención es materialización del derecho humano de toda persona detenida a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso”, manifestó en ese momento el alto tribunal que, a su vez, le prohibió a Acosta salir del país y le impuso una caución.
Tomado: El Espectador.com
Arauca
«Ahí sí estamos jodidos»: los dardos de Petro al gobernador de Arauca

🟥
✍️ Por La Prensa Araucana
Lo que debía ser un acto institucional para celebrar la entrega de centros de acopio de cacao en Cubará, Boyacá, terminó convertido en un escenario de señalamientos presidenciales. Este jueves en la tarde, en presencia de mandatarios locales y comunidad, el presidente Gustavo Petro aprovechó el micrófono no solo para hablar de desarrollo rural, sino también para lanzarle varios reclamos al gobernador de Arauca, Renson Martínez. 🎤⚠️
🗣️ “El gobernador de Arauca… yo no tengo intermediarios. ¡Ojo! Porque después nos dan en la cabeza”, fue el primer disparo verbal. Según fuentes consultadas por La Prensa Araucana, al parecer la frase tendría como contexto una conversación privada sostenida en Saravena, donde el mandatario regional le habría preguntado a Petro por un proyecto tramitado con ayuda de un tercero —es decir, un lobbista— en la Casa de Nariño.
El presidente fue enfático: ❌ “No tengo intermediarios”. Una frase que, en boca de cualquier otro, sería un formalismo. Pero en la de Petro, suena a advertencia.
🛩️ Luego vino el reclamo más explosivo: el avión ambulancia. Según el jefe de Estado, la aeronave, adscrita a la Empresa Social del Estado (ESE) San Vicente de Arauca, habría realizado 474 vuelos sin autorización. “¿Qué estaba haciendo? Se supone que es para llevar enfermos”, cuestionó. Y sin rodeos, lanzó la frase que marcó la jornada: “Señor gobernador, le dejo ese tema”.
Pero la frase final fue una mezcla de ironía y gravedad: 😬
“En Arauca no hay coca, pero sí traquetos que la transportan a pistas en Apure, Venezuela… Espero que una de esas avionetas no vaya a ser la del hospital, porque ahí sí estamos jodidos”.
💥 Risa burlona incluida. Silencio en el auditorio.
🎯 El gobernador Renson Martínez no respondió públicamente a los señalamientos. Tampoco lo hizo su equipo de prensa. Pero el eco de las palabras del presidente quedó retumbando, especialmente en un departamento donde la relación entre el poder regional y el nacional es históricamente tensa.
🔍 La Prensa Araucana consultó registros de vuelo y documentos oficiales que ya se encuentran en revisión para esclarecer el uso de la aeronave mencionada por el presidente. Lo que está claro es que el tema no terminó en Cubará. Apenas comienza.
Arauca
Arauca se alista para el Global Big Day 2025: un canto de esperanza en tiempos de ruido

🟢
✍️ Por La Prensa Araucana
Mientras en otras latitudes la agenda pública gira en torno a tensiones políticas y conflictos armados, en Arauca una parte de la sociedad afina binoculares y cuadernos de campo. Este sábado 10 de mayo, el municipio se suma al Global Big Day 2025, el evento de observación de aves más importante del planeta, convocado por el Laboratorio de Ornitología de Cornell. 🐦🌍
🗺️ Veredas como La Saya, Monserrate, La Bendición, Piquetierra y la zona de Péñjamo se convertirán en epicentros de vida silvestre. Lugares donde los cantos reemplazan los disparos, donde la mirada no busca enemigos sino colores en el cielo.
Según cifras consolidadas, Arauca alberga cerca del 40% de las especies de aves registradas en Colombia. En el Global Big Day de 2024, el municipio reportó 310 especies, lo que equivale al 23% del total nacional durante esa jornada. 📊 Una cifra que no solo impresiona por su dimensión biológica, sino por su potencial turístico, científico y cultural.
🧠 La coordinación del evento estará a cargo de expertos locales: pajareros, biólogos, el colectivo Arauca Birding, y la Fundación Corocoras, en alianza con la Administración Municipal. Se trata de una alianza entre conocimiento empírico y científico, entre pasión ciudadana y compromiso institucional.
🌱 El lema de este año, “Espacios compartidos: creando ciudades y comunidades amigables con las aves”, coincide con el Día Mundial de las Aves Migratorias. Un llamado de atención que en Arauca cobra una fuerza especial: el territorio no solo alberga aves, también historias de resiliencia y de gente que quiere cambiar el relato dominante.
📢 En un departamento donde el sonido de la selva y el río muchas veces ha sido eclipsado por el de los fusiles, el Global Big Day representa una pausa, una oportunidad, un manifiesto pacífico de amor por la tierra.
Porque en Arauca, aún hay quien prefiere contar aves… antes que contar muertos.
Arauca
La ambulancia que voló… pero no quedó registrada: graves inconsistencias en contratación de vuelos medicalizados en Arauca

🛬
✍️ Por La Prensa Araucana
El Secretario de Transparencia de la Presidencia de la República, Andrés Idárraga Franco, puso en conocimiento de la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría Departamental de Arauca, una serie de presuntas irregularidades que huelen a corrupción 💸, relacionadas con el uso del avión ambulancia del Hospital San Vicente de Arauca E.S.E.
Según el funcionario, se trataría de una posible comisión de delitos relacionados con contratación estatal, violaciones al régimen disciplinario y un evidente detrimento al erario público en el sector salud. Todo en el marco del Convenio Interadministrativo No. 07-079 de 2021, suscrito entre la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca y el Hospital San Vicente, así como el contrato de Outsourcing No. 001 del mismo año, firmado con la empresa Aero Ambulancias S.A.S.
🕵️♂️ Lo que se encontró
Uno de los hallazgos más alarmantes es una diferencia de 456 vuelos entre lo reportado por la Aeronáutica Civil (819 traslados) y lo registrado por el hospital (solo 363). 📉 Entre esos, destaca un vuelo a San Andrés, que aparece en los registros de Aeronáutica, pero nunca fue reportado por el Hospital San Vicente. ¿Paciente fantasma? ¿Vuelo privado disfrazado? La pregunta está en el aire.
Además, la revisión contractual expone un preocupante patrón de opacidad 🕳️:
- Falta de publicidad en los documentos precontractuales y contractuales en la plataforma SECOP 📂.
- Ausencia de criterios de selección objetiva en la contratación.
- No se exigió experiencia específica a los contratistas para una operación tan sensible como la de vuelos medicalizados.
- El contrato fue respaldado con una resolución —la No. 1338 del 9 de diciembre de 2021— que asignó la suma de 478 millones de pesos 💰 al Hospital San Vicente, apenas dos días después de firmarse el acuerdo.
Pero eso no es todo.
🧾 Sin auditoría y sin habilitación
A pesar del riesgo que supone esta operación, no se evidencia una auditoría rigurosa al contrato de outsourcing. Más grave aún, Aero Ambulancias S.A.S no tendría la habilitación exigida por el Ministerio de Salud para prestar el servicio médico especializado de traslados aéreos. Es decir, el cielo fue testigo de un contrato con pies de barro ✈️⚠️.
📌 ¿Y ahora qué?
La pelota está en el campo de los órganos de control. Las pruebas están volando alto, pero el aterrizaje debe darse en forma de investigaciones formales, sanciones y reparaciones al patrimonio público. Porque lo que está en juego no es un simple contrato, sino la vida y la salud de cientos de araucanos.
👉 Desde La Prensa Araucana seguiremos informando. Porque la transparencia no se negocia.
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