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Exgobernador de Arauca debe continuar privado de su libertad

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Por segunda vez, una autoridad judicial le negó la libertad condicional al exgobernador de Arauca, Julio Enrique Acosta Bernal, quien se encuentra purgando una condena de seis años y medio de prisión por contratación irregular y peculado por apropiación, en hechos que ocurrieron mientras se desempeñaba como máxima autoridad del departamento. Esta vez, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de justicia confirmó la decisión del juez de ejecución de penas que lleva el caso de no concederle la libertad a Acosta, pese a que este ya cumplió las tres quintas partes de su condena.

Los hechos de este caso se remontan al año 2006 cuando el exfuncionario firmó un contrato con el consorcio ECO-PARK, para la construcción de la primera etapa del parque histórico y ecoturístico “Los Libertadores”, en el municipio de Tame, por más de $3.800 millones. Aunque el proyecto resultaba pintoresco para la comunidad, la investigación reveló que el contrato fue celebrado sin que existieran planos arquitectónicos, constructivos, estructurales, ni de manejo ambiental. Además, durante su ejecución se modificó el objeto del contrato y hubo incumplimientos por parte del contratista sin que el gobernador tomara medida alguna para controlar la situación.

Por el contrario, Acosta le dio el visto bueno a la suspensión del contrato, suscribió prórrogas y adicionó recursos. Estos hechos salieron a la luz y la Fiscalía emprendió un proceso judicial en contra del entonces Gobernador. El caso terminó en manos de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia que condenó al exfuncionario el pasado 8 de noviembre de 2017 como autor responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y coautor de peculado por apropiación. El exgobernador fue enviado a prisión pues la alta corte negó la suspensión condicional de la ejecución de pena y la prisión domiciliaria.

Sin embargo, cumplidas las tres quintas partes de la condena, la defensa de Acosta le pidió al Juzgado 27 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá que concediera la libertad condicional en favor de su cliente. Pero la respuesta no fue favorable. El 20 de octubre de 2020, el despacho resolvió el asunto y le negó la medida al exgobernador argumentando que, a pesar de acreditarse las tres quintas partes de la condena y de observar buena conducta en el centro de reclusión, la evaluación acerca de la gravedad del delito que cometió Acosta impidieron que se le otorgara dicho beneficio.

La defensa no estuvo de acuerdo y apeló la decisión del juzgado pues, a su consideración, el despacho solamente tuvo en cuenta la gravedad de la conducta de su defendido y no valoró las circunstancias, consideraciones y elementos, tanto favorables como desfavorables, para decidir sobre la libertad condicional. Además, dijo, “para conceder la libertad solo se debía verificar el cumplimiento de las tres quintas partes de la pena y la necesidad de continuar con el tratamiento penitenciario, de acuerdo a la conducta observada en el establecimiento carcelario”.

Por otro lado, indicó la defensa que la sentencia (condenatoria contra Acosta) no se encuentra en firme porque, el 3 de septiembre de 2020, se concedió la impugnación especial en favor de su cliente, es decir, que el recurso para que la condena impuesta contra sea revisada. En ese sentido, dijo la defensa, “por no estar en firme la sentencia, no es dable atender las razones sobre la gravedad del delito, ni tampoco puede exigirse el pago de la multa como condiciones para acceder la libertad condicional”.

Le correspondió entonces a la Sala de Casación Penal –misma que condenó a Acosta- analizar y dirimir la controversia entre el juzgado de ejecución de penas y la defensa del exgobernador. La Sala del alto tribunal analizó la situación y aprovechó el caso para dejar claro que, si bien al entrar en vigencia el acto legislativo 01 de 2018, que contempla la garantía de la doble conformidad (la posibilidad para que las sentencias condenatorias en única instancia sean revisadas), los procesos que estaban en curso ese año y adquieren su ejecutoria con la decisión que se adopte al resolverse esa garantía constitucional, no pasa lo mismo con las sentencias anteriores.

En otras palabras, las condenas emitidas después de la entrada en vigencia del acto legislativo se concretan luego de que se resuelva la doble conformidad, si es el caso, pero las condenas emitidas antes de esa fecha, son consideradas cosa juzgada y por tanto deben ejecutarse, a pesar de que esté en trámite la revisión de dicha sentencia. “Los procesos culminados y que por ende la sentencia está debidamente ejecutoriada y había hecho tránsito a cosa juzgada pero que se les extendió la garantía de la doble conformidad, como el Estado cumplió con su deber de administrar justicia, mantienen la ejecutoria y esta solo resulta afectada a partir del fallo que se profiera”, indicó la Corte.

El alto tribunal precisó que la Sala de Casación Penal profirió sentencia condenatoria en contra Julio Enrique Acosta, el 8 de noviembre de 2017, fecha para la cual no operaba la doble instancia, ni la doble conformidad judicial para aforados constitucionales, con lo cual se da el supuesto de haberse administrado justicia y, por ende el fallo, no ha perdido el carácter de cosa juzgada. En ese sentido, distinto a lo manifestado por la defensa, para la Sala sí está en firme la condena de Acosta, así esté siendo revisada actualmente.

“Contrario a la tesis de la defensa, la sentencia proferida contra Acosta Bernal se encuentra en firme al haberse proferido en única instancia antes de la entrada en vigencia de la reforma Constitucional contenida en el Acto Legislativo 01 de 2018 y no existir hasta este momento procesal decisión alguna que la haya revocado o modificado con ocasión de la impugnación especial que le fue otorgada para garantizar la doble conformidad judicial”, reiteró la Sala de Casación Penal.

Por otro lado, esa Corporación determinó que el juzgado de ejecución de penas no actuó de forma incorrecta cuando evaluó la gravedad de la conducta del exgobernador para determinar si le concedía, o no, la libertad condicional pues tal como lo indica la ley (artículo 64 de la ley 1709 de 2014), era deber del juez examinar previamente este aspecto, para luego verificar si cumplía con los demás requisitos a fin de otorgar el beneficio. En ese sentido, para la Sala fue correcta la postura del despacho que examinó la actuación del sentenciado como primera autoridad administrativa del departamento y el haber defraudado la confianza depositada por los ciudadanos.

Además, “la deliberada y consciente afectación al bien jurídico de la administración pública, tratándose de un concurso de delitos de peculado y contrato sin cumplimiento de requisitos legales; el haber favorecido intereses particulares a través de las múltiples irregularidades advertidas en el contrato que fue materia del proceso, que derivó en el apoderamiento de la suma de $864.019.838.37 y el desmedro a la imagen de la administración pública y a la credibilidad que debe existir en el conglomerado social respecto de sus gobernantes”, puntualizó la Sala de Casación Penal.

En conclusión, para la Corte no hay un balance positivo en el análisis de la conducta del exgobernador. Tanto así que, según afirma el alto tribunal, al acceder a su excarcelación “serían negativos los efectos del mensaje que recibiría la comunidad pues entendería que si personas socialmente calificadas delinquen y en la práctica no se materializa la sanción que les corresponde, también ellos podrían vulnerar la ley penal con la esperanza de que la represión será insignificante, más tratándose de delitos que lesionan hondamente la moralidad pública”. En ese sentido, la Sala confirmó la decisión del juzgado de negar la libertad condicional de Julio Enrique Acosta Bernal.

Otros líos judiciales de Acosta

Esta no es el único proceso que ha enlodado el nombre del exgobernador de Arauca. El 5 de noviembre de 2013, Acosta fue condenado a 28 años de prisión por el homicidio del exregistrador Juan Alejandro Plazas Lomónaco y por recibir dinero de las autodefensas para financiar su campaña electoral en 2003. Sin embargo, en abril de 2013, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia tumbaron la condena argumentando que los jueces que emitieron el fallo no eran los competentes para conocer el proceso, teniendo en cuenta que se trataba de un aforado, por tanto, el juicio debía reiniciar.

El expediente llegó a manos de la Fiscalía Séptima delegada ante la Corte Suprema de Justicia, que emitió resolución de acusación contra el exgobernador de Arauca. El juicio estaba previsto para iniciar en la Corte en el año 2017, pero justo en julio de ese año el alto tribunal ordenó la libertad de Acosta, quien llevaba más de seis años detenido, por vencimiento de términos. La “limitación de la duración de la detención es materialización del derecho humano de toda persona detenida a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso”, manifestó en ese momento el alto tribunal que, a su vez, le prohibió a Acosta salir del país y le impuso una caución.

Tomado: El Espectador.com

 

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Proceso de adjudicación de subsidios de vivienda en Arauca es transparente, asegura la Alcaldía

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En medio de crecientes inquietudes sobre la asignación de subsidios de vivienda en Arauca, el secretario de Inclusión Social, William Paúl León Roa, ofreció aclaraciones detalladas sobre el proceso, destacando la transparencia y rigurosidad en la selección de los beneficiarios.  

«Queremos agradecer a todas aquellas personas que han presentado la documentación requerida para mejorar su calidad de vida y la de sus familias, ya sea para el mejoramiento de vivienda o la construcción en sitio propio», inició León. Además, explicó que el proceso comienza con una verificación exhaustiva de la documentación entregada, conocida como «check list», para asegurar que los beneficiarios cumplan con los requisitos de vulnerabilidad y los lineamientos establecidos por el Ministerio de Vivienda.  

El secretario dejó claro que no se trata de un proceso arbitrario, ni de «solucionar con un papel o cambiando fechas». Bajo la dirección del alcalde Juan Qüenza, el enfoque ha sido dar ejemplo de transparencia, asegurando que los subsidios se asignen conforme a las condiciones legales, sin ningún tipo de favoritismo.  

«Invitamos a aquellos que crean haber quedado por fuera del proceso a acercarse y solicitar información pertinente», añadió León, enfatizando que algunas personas fueron excluidas tras la revisión de su situación. Por ejemplo, se detectaron casos donde personas poseían más de una propiedad o presentaban documentos fuera de los plazos establecidos, lo que llevó a su descalificación.  

León también subrayó que los ciudadanos pueden actualizar su documentación para futuros proyectos de mejoramiento de vivienda. «Cerca de 530 personas se presentaron en la convocatoria anterior, y quienes necesiten actualizar su carpeta pueden hacerlo. Esperamos en uno o dos meses abrir una nueva convocatoria», informó.  

Finalmente, el secretario anunció que se publicarán los nombres de los 14 beneficiarios de construcción en sitio propio y los 30 de mejoramiento de vivienda en las próximas semanas. Además, exhortó a los ciudadanos a estar pendientes de las convocatorias a través de la página de la alcaldía y la Secretaría de Inclusión Social, ya que es difícil contactar a cada persona de forma individual. 

Estas declaraciones reafirman el compromiso de la Administración Municipal, liderada por el alcalde Juan Qüenza, con un proceso de asignación de subsidios justo para los araucanos y basado en las normas vigentes.

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Arauca

Más de 41 mil millones de pesos aprobados por la Asamblea Departamental en cuatro proyectos de ordenanza

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El gobernador Renson Martínez Prada clausuró este lunes el tercer periodo de sesiones extraordinarias de la Asamblea Departamental, destacando el respaldo constante de los once diputados.

“Gracias a la confianza que siempre hemos recibido de la Asamblea, nuestro compromiso es claro: debemos gestionar y ejecutar estos recursos con responsabilidad y eficiencia”, expresó el mandatario.

Durante su intervención, el gobernador también hizo un llamado a la solidaridad: “En estos tiempos difíciles, los araucanos debemos estar más unidos y contribuir al desarrollo de nuestro departamento”. Asimismo, reiteró su firme rechazo a los recientes actos terroristas perpetrados por grupos al margen de la ley.

La presidenta de la Asamblea, Maricel Ortiz, subrayó que se aprobaron cuatro importantes proyectos de ordenanza, los cuales, una vez sancionados, se convertirán en herramientas para el progreso de Arauca. Ortiz destacó que más de 41 mil millones de pesos fueron aprobados en total durante estas sesiones.

Entre los proyectos aprobados figuran la adición de recursos no aforados de la actual vigencia fiscal, la asignación de más de 30 mil millones de pesos en vigencias futuras para el Programa de Alimentación Escolar (PAE), la adquisición de equipos de emergencia para el Comité Departamental de Gestión del Riesgo (CDGR), y la modificación del presupuesto de gastos para mejorar la malla vial terciaria y reforzar los recursos de inversión para la vigencia de 2024.

En su mensaje final, el gobernador Martínez enfatizó que, con el apoyo interinstitucional, se obtendrán los resultados que los araucanos están esperando.

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Arauca

La apuesta del alcalde para combatir uno de los flagelos más complejos en Arauca

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En un emotivo y significativo operativo, el alcalde de Arauca, Juan Qüenza, encabezó una jornada de rescate en la que 30 habitantes de calle, afectados por la drogadicción, fueron trasladados hacia la Fundación Desparche, ubicada en el departamento de Norte de Santander, donde recibirán tratamiento para su rehabilitación. 

El proyecto, impulsado por la Administración Municipal y varias entidades locales, tiene como objetivo brindar una segunda oportunidad a estas personas que han vivido en condiciones de calle y consumo de sustancias psicoactivas en la ciudad de Arauca.  

El alcalde Qüenza destacó el esfuerzo conjunto que hizo posible esta iniciativa: «Gracias a un proyecto de la Administración Municipal, donde hemos comprometido unos recursos, acaban de salir 30 habitantes de calle que estaban en condición de consumo. Ellos se van a desplazar hacia un centro de rehabilitación, que ya ha recuperado exitosamente a 5 de nuestros muchachos. Quiero agradecerles a la Fundación Desparche y, especialmente, a mi equipo, a la Secretaría de Gobierno, la Inspección de Policía, la Secretaría de Salud, Inclusión Social, Emserpa y cada miembro de nuestro equipo. A estas personas les digo: aprovechen esta segunda oportunidad que les está dando la vida. Si se recuperan y vuelven a Arauca, les doy empleo.” 

Además, el Alcalde anunció medidas adicionales para reducir los índices de inseguridad en el municipio, que a menudo están asociados al consumo de drogas en las calles, subrayando que la Alcaldía apoyará económicamente a las familias araucanas que deseen rehabilitar a sus jóvenes. 

Por su parte, el concejal Mario Alfonso Useche, quien acompañó este proceso, hizo un llamado a la comunidad para que se unan en oración por los jóvenes en rehabilitación: «Hoy pido a todos que levantemos una oración y que nos mantengamos en guardia, velando por la salud mental de estos muchachos que se van hacia el departamento del Norte de Santander en busca de una oportunidad de vida y de encontrar a Dios.» 

Las familias también han recibido esta iniciativa con esperanza y gratitud, como la madre de una joven que se encontraba en situación de calle expresó emocionada: «Para mí es una alegría inmensa porque le he pedido mucho a Dios para que mi hija se recupere. Para una madre es muy duro ver a un hijo en esa situación.»

Con este tipo de programas, la Administración Municipal, liderada por el alcalde Juan Qüenza, seguirá combatiendo los problemas de drogadicción e inseguridad que azotan a la capital araucana, al tiempo que se les ofrece un futuro más prometedor a aquellos que decidan mejorar la calidad de sus vidas.

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